"Lárguese de aquí señora. Le he advertido miles de veces que no le quiero ver por este rumbo. No tiene permiso ni del gobierno ni de los dueños de este negocio para colocar su mugre changarro frente a este intachable local. Esto es propiedad privada. Así que mas vale que respete.” Estas fueron las palabras del solícito gerente de una pizzería de la ciudad, que con todo su legítimo derecho (pues todo aquello que es legal es legítimo) expulsó a escobazos a una humilde señora que había instalado en los márgenes del mencionado establecimiento su puestecito de tortillas y nopales.
En otro caso similar, pero que felizmente fue captado por el lente de la prensa, un iracundo restaurantero de vasto prestigio en la ciudad, con escoba en mano, amenazó con apalear el negocio ambulante de una indefensa mujer. La señora –sin ánimo de importunar a nadie- había colocado sobre la pared del establecimiento un tablero donde se hallaban ciertas piezas artesanales en venta que había confeccionado ella misma. El problema era, según el irascible propietario, que aquel tablón alcanzaba a tapar una esquina del enorme ventanal del negocio. Sin dar oportunidad a la señora de defender su posición, el colérico hombre, desde el interior del restaurante, golpeó con ánimo desmedido aquel tablero hasta derribarlo y estropearle las piezas a la mujer. Al final de aquella penosa escena, el chef de renombre internacional se dio el lujo de lanzar una última advertencia: “Mas vale que no vuelvas a poner tus chingaderas aquí. A la próxima le llamo a la policía. Esta es mi propiedad [privada]. Aprende a respetar.”
En otra ocasión, en uno de esos callejones donde se dan cita todos los jóvenes “cool” de lunes a domingo por la noche, un joven indígena de humilde apariencia decidió acercarse a pedir una moneda a un grupo de muchachos “cool” que se encontraban sentados en la terraza de un conocido bar. Al ver que ninguno volteaba siquiera a verle, optó por dirigirse a una de las mesas que se hallaba al interior del establecimiento. Aún no llegaba a su destino cuando de pronto un señor vestido de amarillo, aparentemente al cuidado de los clientes “cool”, le tomó enérgicamente por el brazo, y a codazos y empellones le arrojó del lugar. Ninguno de los clientes se percató siquiera del incidente. No satisfecho con haberle expulsado abruptamente, el valeroso titán de la seguridad correteó al humilde hombre por todo el callejón lanzando, uno tras otro, epítetos tales como: “Necio cabrón,” “Jijo de la chingada”. Una vez que el desarrapado joven se hallaba a varios metros de distancia, el corpulento agresor pronunció –a modo de reprensión- las siguientes palabras: “A ver si ya entiendes que por aquí no puedes transitar. No entiendes pendejo que esto es propiedad privada.”
El artículo 1º constitucional establece lo siguiente: “Queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las capacidades diferentes, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas.”
A mi entender, habría que añadirle a este último apartado lo siguiente: “Sólo en caso de que se atente contra la propiedad privada, atribución divina y suprema de unos cuantos, entonces, en tal escenario, toda discriminación motivada por las razones antes mencionadas, queda permitida, autorizada y asentida por esta inmaculada Constitución”.
Así, de este modo, dotamos de empirismo a la argumentación constitucional y legaloide.
En otro caso similar, pero que felizmente fue captado por el lente de la prensa, un iracundo restaurantero de vasto prestigio en la ciudad, con escoba en mano, amenazó con apalear el negocio ambulante de una indefensa mujer. La señora –sin ánimo de importunar a nadie- había colocado sobre la pared del establecimiento un tablero donde se hallaban ciertas piezas artesanales en venta que había confeccionado ella misma. El problema era, según el irascible propietario, que aquel tablón alcanzaba a tapar una esquina del enorme ventanal del negocio. Sin dar oportunidad a la señora de defender su posición, el colérico hombre, desde el interior del restaurante, golpeó con ánimo desmedido aquel tablero hasta derribarlo y estropearle las piezas a la mujer. Al final de aquella penosa escena, el chef de renombre internacional se dio el lujo de lanzar una última advertencia: “Mas vale que no vuelvas a poner tus chingaderas aquí. A la próxima le llamo a la policía. Esta es mi propiedad [privada]. Aprende a respetar.”
En otra ocasión, en uno de esos callejones donde se dan cita todos los jóvenes “cool” de lunes a domingo por la noche, un joven indígena de humilde apariencia decidió acercarse a pedir una moneda a un grupo de muchachos “cool” que se encontraban sentados en la terraza de un conocido bar. Al ver que ninguno volteaba siquiera a verle, optó por dirigirse a una de las mesas que se hallaba al interior del establecimiento. Aún no llegaba a su destino cuando de pronto un señor vestido de amarillo, aparentemente al cuidado de los clientes “cool”, le tomó enérgicamente por el brazo, y a codazos y empellones le arrojó del lugar. Ninguno de los clientes se percató siquiera del incidente. No satisfecho con haberle expulsado abruptamente, el valeroso titán de la seguridad correteó al humilde hombre por todo el callejón lanzando, uno tras otro, epítetos tales como: “Necio cabrón,” “Jijo de la chingada”. Una vez que el desarrapado joven se hallaba a varios metros de distancia, el corpulento agresor pronunció –a modo de reprensión- las siguientes palabras: “A ver si ya entiendes que por aquí no puedes transitar. No entiendes pendejo que esto es propiedad privada.”
El artículo 1º constitucional establece lo siguiente: “Queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las capacidades diferentes, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas.”
A mi entender, habría que añadirle a este último apartado lo siguiente: “Sólo en caso de que se atente contra la propiedad privada, atribución divina y suprema de unos cuantos, entonces, en tal escenario, toda discriminación motivada por las razones antes mencionadas, queda permitida, autorizada y asentida por esta inmaculada Constitución”.
Así, de este modo, dotamos de empirismo a la argumentación constitucional y legaloide.
1 comentario:
Lo peor de todo esto es que gracias a que mucha gente no tiene un trabajo formal y vive en la precariedad los mencionados propietarios pueden pagarles menos a sus empleados y aumentar sus ganancias. En lugar de agredirlos deberían agradecerles y tratarlas con respeto. Empero, no hay que olvidar que la discriminación y el racismo están en la base de la explotación, son la regla y no la excepción.
Bien por andar parando oreja en la calle para escuchar y ver las relaciones sociales basadas en la propiedad y el lucro. Lo que hay que ver en esta vida.
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