“Bájese del auto señorita. Es preciso realizarle la inspección rutinaria del alcholimetro. No entorpezca nuestro trabajo. Es nuestra labor procurar la seguridad vial de la ciudadanía”.
La mujer descendió del vehículo. El “polecía” -la Ley- le exigió a la perpleja dama se colocara el dispositivo en la boca y soplara hasta que se le diera la orden de parar. La mujer sopló varias veces. Según la versión a viva voz de los oficiales, el “detector de alientos inconvenientes” requería de varias exhalaciones para revelar con precisión el estado del conductor. En señal de queja, la mujer solicitó se le cambiara el dispositivo por otro más certero y funcional. La petición le fue negada.
Después de la novena espiración, el oficial de tránsito pidió a la conductora que interrumpiera la sesión condenatoria de yoga nocturna. El examen de alcoholemia arrojó positivo. “Tendrá que acompañarnos al juzgado cívico, señorita”, sostuvo impávidamente el oficial. “Pero si solo tomé una cerveza. Debe haber un error”, replicó con patente aturdimiento la mujer. Mas la Justicia no suele escuchar razones, y procedió a la aplicación rigurosa de la Ley.
Después de cinco horas de arresto y de múltiples auscultaciones físicas, morales y psicológicas, se le asignó a la mujer, sin previa consulta, un abogado especialista en materia de privación de libertad por causas etílicas.
El jurisconsulto, a modo de auxilio jurídico, le hizo la siguiente observación: “Usted tendrá que pasar 48 horas bajo arresto administrativo con o sin pago de fianza. Si usted decidiera pagar ahora, se le concederá el derecho de postergar su cálida estancia y cumplir su sentencia en el futuro. Mas no podrá nunca burlar la pena. Así que usted decide si pernocta las próximas dos noches ó si difiere la condena. Y si desea que le asesore legalmente tendrá que pagarme un monto de 5 mil pesos”.
Al cabo de la entrevista con el jurisperito la mujer regresó a su celda. Un hombre de edad, compañero de encierro, se aproximó a conversar con ella. “Si cometió el error de exhalar mas de una vez en la prueba del alcoholimetro ya no hay manera de resolver el asunto. El modus operandi es el siguiente: Aunque usted no presente un cuadro de embriaguez el dispositivo se encarga de hacerlo. Después de cierto numero de espiraciones -ocho, aproximadamente- el alcoholimetro automáticamente registra aliento a alcohólico. Los agentes de tránsito operan en contubernio con los jueces cívicos y los abogados en turno, e incluso con los responsables del corralón, pues ahí es a donde va a parar su auto. El pago de la fianza se la reparten entre las dos primeras partes, el “abogangster” se embolsa el pago de honorarios por sus apostólicos servicios, y en el corralón se agencian otra lana. Al final, la víctima -el infractor- termina por pagar sumas absurdas de dinero y, a la par, y sin opción de librarla, cumple la sanción que establece la “Ley”, esto es, 48 horas de reclusión. Se lo digo por experiencia, señorita; esta es la tercera vez que caigo en las redes del orden jurídico y la Ley.”
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